Ahora bien, es necesario diferenciar que una cosa es la responsabilidad civil y otra la
Ahora bien, es necesario diferenciar que una cosa es la responsabilidad civil y otra la responsabilidad penal, en cuanto a la autoridad del hecho ilícito se ha sancionado con cinco años de reclusión que son producto de la ponderación del hecho y las atenuantes y agravantes; sin embargo, otra cosa es la responsabilidad civil que tiene como finalidad reparar los daños ocasionados por el hecho ilícito; de ninguna manera se puede mezclar ambas responsabilidades para justificar la reducción o aumento de la pena, sino que el autor del delito con sentencia, debe cumplir tanto la pena impuesta por el hecho ilícito protagonizado como debe resarcir el daño ocasionado con la conducta prohibida por la norma penal; ahora bien, si existe arrepentimiento y predisposición de cumplir con las sanciones impuestas, la misma Ley de Ejecución Penal y Supervisión brinda los medios de rehabilitación, según el comportamiento del recluso en el recinto donde cumple la sanción impuesta
- PARTES : Ministerio Público c/ Serapio Condo Mamani
- Homicidio
- MINISTRO RELATOR: Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 2 de la ciudad de Potosí declaró a
- CONSIDERANDO: Que Serapio Condo Mamani impugna el A. V. de fs. 83, indicando
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los datos del proceso y del examen del recurso
- En cuanto se refiere a la fijación de la pena, el tribunal de sentencia ha
- Que el tribunal de casación ha producido el A
- Ahora bien, es necesario diferenciar que una cosa es la responsabilidad civil y otra la
- El precedente invocado en el recurso de casación confunde, responsabilidad penal de la civil y
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- RELATOR: Ministro Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
