CONSIDERANDO: Que la imputada Dominga Toledo Tito fundamenta su pedido de extinción de la acción
DISTRITO: La Paz.
PARTES: Ministerio Público y Carolina Bracamonte Paredes c/
Dominga Toledo Tito.
Asesinato (Declara no ha lugar a la extinción de la acción
penal).
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Sucre, 5 de octubre de 2007.
VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso de la imputada Dominga Toledo Tito, cursante de fojas 398 a 402, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carolina Bracamonte Paredes, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato y robo agravado, previstos y sancionados por los arts. 252 incs. 2) 6) y 7), 332 inc. 2) del Código Penal, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO: Que la imputada Dominga Toledo Tito fundamenta su pedido de extinción de la acción penal con los argumentos que a continuación se detallan:
1.- El 17 de julio de 2003, se presentó imputación en su contra siendo detenida preventivamente, hasta que el 20 de marzo de 2004, se formuló acusación en su contra que derivó en la Sentencia 13/2004 de 16 de junio; empero, ante la violación del procedimiento penal, sus derechos y garantías, el 29 de julio de 2004, interpuso recurso de apelación que fue declarado inadmisible mediante Auto 561/04 de 13 de septiembre de 2004; que, como consecuencia del recuso de casación que interpuso, por Auto Supremo 383 de 26 de septiembre de 2005 se dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo que la Corte Superior dicte nuevo fallo, en cuyo mérito se anuló la sentencia para la reposición del juicio oral por otro tribunal
- AUTO SUPREMO: Nº 492 Sucre, 5 de octubre de 2007
- CONSIDERANDO: Que la imputada Dominga Toledo Tito fundamenta su pedido de extinción de la acción
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- CONSIDERANDO: Que las causas que deban tramitarse conforme el régimen procesal vigente, deberán ser concluidas
- Por su parte, el Auto complementario 0079/2004- ECA de 29 de septiembre de 2004, ha
- Los referidos entendimientos son también desarrollados por la doctrina a partir del derecho que tiene
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declara NO HA
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 5 de octubre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2007.
