Apelada la sentencia por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de la Corte
Apelada la sentencia por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Chuquisaca emitió el auto de vista Nº 210/2003 de 20 de junio de 2003, cursante a Fs. 148-149, que revoca la sentencia apelada de Fs. 126-127, declara probada en parte la demanda de Fs. 43-44 de actuados, sin costas y probada en parte la excepción perentoria de prescripción, sin costas; reconociendo a favor del actor la suma de Bs. 6.537,50, por concepto de desahucio, indemnización y 26 días de vacaciones
- AUTO SUPREMO Nº 506 - Social Sucre, 05 de octubre de 2007
- PARTES: Benito Dávila Zambrana c/ FANCESA S.A
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde su análisis y consideración, de
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado, en razón de no haber sido contestado el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 05 de octubre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
