- AUTO SUPREMO: Nº 521 Sucre, 27 de octubre de 2007
- CONSIDERANDO: Que, el Juez de Sentencia Segundo de la ciudad de Cochabamba mediante Sentencia Nº
- CONSIDERANDO: Que, la imputada Fidelia Medrano de Velasco mediante recurso de casación impugna el Auto
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- Por lo que, pide a éste Máximo Tribunal declare fundado el recurso y disponga se
- CONSIDERANDO: Que a efectos de la admisión del recurso de casación, los sujetos procesales deben
- CONSIDERANDO: Que, en el contexto establecido precedentemente, luego de la revisión del contenido del recurso
- Por otro lado, si bien es cierto que en el recurso de casación se denunció
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase al Tribunal de Apelación
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 27 de octubre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
