Auto de vista del que la demandada, a través de su apoderado legal, ya citado,
DISTRITO: La Paz
PARTES: Aydee Carrazana Rocha c/ Club Strongest
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 85-88 interpuesto por John Freddy Sanjinez Solares, apoderado legal del Club The Strongest, del auto de vista No. 125/03-SSA-I de Fs. 80 dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz, en el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, seguido por Aydee Carrazana Rocha, contra la entidad recurrente; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, y
CONSIDERANDO I: Que la sentencia No. 127/01 de Fs. 57-59, dictada por el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, declara probada la demanda de Fs. 4-7, con costas; disponiendo la cancelación por la institución demandada a la actora, la suma de Bs. 82.984,00 por los conceptos de indemnización por tiempo de servicios, desahucio, vacaciones, primas por 2 gestiones y aguinaldo y sueldos devengados; liquidados en base a un salario mensual promedio de Bs. 1.968.00 y una antigüedad de 33 años y 2 meses.
Que apelada la sentencia a Fs. 62 por el Presidente de la entidad demandada, en alzada, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de ese Distrito, la confirma por auto de vista No. 125/03-SSA-I de Fs 80, con costas en ambas instancias.
Auto de vista del que la demandada, a través de su apoderado legal, ya citado, interpone el recurso de casación en el fondo, que se pasa a examinar
- AUTO SUPREMO Nº 572 - Social Sucre, 31 de octubre de 2007
- Auto de vista del que la demandada, a través de su apoderado legal, ya citado,
- CONSIDERANDO II: Que este recurso, cursante a Fs
- Acusa con una fundamentación discursiva y carente de consistencia la indebida aplicación de los Arts
- CONSIDERANDO III: Que de los antecedentes del proceso, de las resoluciones de instancia, teniendo presente
- Del análisis y recuento anterior se establece que la suspensión referida de la demandante, se
- Debiendo tenerse presente que, de contrario, por lo establecido en obrados, la actora prestó sus
- De donde, los de instancia han hecho correcta apreciación y valoración de la prueba y
- Relación y análisis el anterior del que se concluye que tanto el A quo como
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 31 de octubre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
