CONSIDERANDO III: Que de los antecedentes del proceso, de las resoluciones de instancia, teniendo presente
CONSIDERANDO III: Que de los antecedentes del proceso, de las resoluciones de instancia, teniendo presente que la apelación de la demandada de Fs. 62 no cumple con el voto del Art. 227 con relación y fines del 236, ambos del adjetivo Civil, hecho puntualizado por el Ad quem en su auto de vista por la limitación que conlleva para el cumplimiento de su responsabilidad jurisdiccional; se establece que el fondo de la litis se centra en la definición de la entidad empleadora de suspensión de la actora en sus funciones, sin plazo; lo que, a continuación, motiva la demanda de pago de beneficios sociales, acción procesal en la que se emiten las resoluciones ya referidas
- AUTO SUPREMO Nº 572 - Social Sucre, 31 de octubre de 2007
- Auto de vista del que la demandada, a través de su apoderado legal, ya citado,
- CONSIDERANDO II: Que este recurso, cursante a Fs
- Acusa con una fundamentación discursiva y carente de consistencia la indebida aplicación de los Arts
- CONSIDERANDO III: Que de los antecedentes del proceso, de las resoluciones de instancia, teniendo presente
- Del análisis y recuento anterior se establece que la suspensión referida de la demandante, se
- Debiendo tenerse presente que, de contrario, por lo establecido en obrados, la actora prestó sus
- De donde, los de instancia han hecho correcta apreciación y valoración de la prueba y
- Relación y análisis el anterior del que se concluye que tanto el A quo como
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 31 de octubre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
