CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Cuarto de Partido Administrativo, Coactivo
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 173-174, interpuesto por Ramón Segundo Servia Oviedo, Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz, dependiente del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el auto de vista No. 110/05 SSA-III de 28 de mayo de 2005 (fs. 171), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso contencioso tributario que sigue el Instituto Educativo "Los Pinos", representado por Abel Soria Valverde, contra la entidad recurrente, el dictamen fiscal de fs. 180, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Cuarto de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia No. 039/2002 el 14 de agosto de 2002 (fs. 138-143), declarando PROBADA EN PARTE la demanda contencioso tributaria de fs. 7-8, por consiguiente, extinguida por pago la obligación contenida en la Resolución Determinativa No. 383/96 de 13 de mayo de 1996, quedando sin efecto dicho acto, rechazando la acción de repetición impetrada por la parte actora, salvando sus derechos para que acuda ante la Administración Tributaria conforme al art. 299 y siguientes del Cód. Trib
- PARTES: Instituto Educativo "Los Pinos". c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrito La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Cuarto de Partido Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando se case el auto de vista recurrido y se declare improbada la demanda,
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, revisando minuciosamente el expediente y analizando los fundamentos
- Los intereses se liquidarán desde la fecha de su respectivo vencimiento hasta el día hábil
- Por su parte, el art
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
