Por su parte, el art
Por su parte, el art. 59 del mismo cuerpo legal, establece un régimen de actualización automática de los créditos a favor del fisco y de los particulares, cuando los tributos, sus anticipos, pagos a cuenta, retenciones, percepciones multas e intereses, se cancelen con posterioridad a la fecha fijada en los respectivos vencimientos, la deuda resultante se actualizará por el lapso transcurrido desde dicha fecha hasta aquella en que se efectuare el pago
- PARTES: Instituto Educativo "Los Pinos". c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrito La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Cuarto de Partido Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando se case el auto de vista recurrido y se declare improbada la demanda,
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, revisando minuciosamente el expediente y analizando los fundamentos
- Los intereses se liquidarán desde la fecha de su respectivo vencimiento hasta el día hábil
- Por su parte, el art
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
