3) Respecto a la conducta del sujeto pasivo, lo calificado por los tribunales de instancia
3) Respecto a la conducta del sujeto pasivo, lo calificado por los tribunales de instancia es correcto, porque la administración tributaria no puede atribuir defraudación si previamente no demuestra de manera irrefutable el presupuesto procesal subjetivo o intención maliciosa de dolo ni el presupuesto procesal objetivo o daño económico; por consiguiente, al no existir delito por la omisión del pago de tributos, la sanción corresponde a evasión, en sujeción a los arts. 114, 115 incs. 1) y 2), 116 del Cód. Trib., porque no es posible acusar de la comisión de un delito sin probarlo, precisamente por la garantía constitucional de presunción de inocencia, por esta circunstancia, este tribunal no comparte el criterio del dictamen fiscal, cursante de fs. 190-191
- PARTES: Café NAPEX Ltda. c/ Servicio de Impuestos Nacionales de La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- Con estos argumentos, impetra que se case en parte el auto de vista y por
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En la especie, con el auto de vista, se confirmó la sentencia de primera
- En efecto, si bien por la demanda se pretendía lograr se deje sin efecto la
- 3) Respecto a la conducta del sujeto pasivo, lo calificado por los tribunales de instancia
- CONSIDERANDO III: Que, en la especie, no estando acreditado por la entidad recurrente lo acusado
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
