Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el Art. 60, numeral 1) de la Ley de Organización Judicial y Art. 271, numeral 2) y 273, del Código de Procedimiento Civil, aplicable por mandato de los Arts. 214 y 297 del Código Tributario, de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 119-120, declara INFUNDADO el Recurso de Casación, de Fs. 112-114, de obrados, sin costas, en aplicación del Art. 39, de la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, Ley SAFCO.
Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- PARTES: José Antonio Adett Zamora Claros c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrito La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda contencioso tributaria de fs
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó, el recurso de casación en el fondo, cursante a Fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis, se observa que éste
- 2)
- 3)
- Que, en ese marco legal, se concluye que el Auto de Vista se ajusta a
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
