Que, en ese marco legal no se abre la competencia de este Tribunal para conocer
Que, en ese marco legal no se abre la competencia de este Tribunal para conocer el fondo del recurso correspondiendo en definitiva resolver conforme lo establece el Art. 271, numeral 1) y 272, numeral 2) del Código de Procedimiento Civil, aplicable por permisión del Art. 297 del Código Tributario
- PARTES: Frial "Wilma" c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que interpuesta la demanda por ante el Juzgado Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y
- En grado de Apelación, a instancia de la Administración Tributaria, el Tribunal de Alzada dictó
- señalando que recurre de Casación en el fondo, contra el Auto de Vista Nº 232/2004
- de Procedimiento Civil, porque la casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando",
- Que, en ese marco legal no se abre la competencia de este Tribunal para conocer
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
