POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 4) y 274 del Cód. Pdto. Civil, en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 1317-1318, CASA el auto de vista recurrido de fs. 1305-1306 y, deliberando en el fondo, declara probada la demanda de fs. 46-48, por consiguiente deja sin efecto la Resolución Determinativa No. 009/2003 de 23 de julio de 2003
- DISTRITO: Oruro PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandante, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 3) En todo caso, bajo el principio de "solidaridad" entre los dependientes de la Universidad,
- 4) En consecuencia, hecha la aclaración respecto a los sujetos, corresponde advertir que el acto
- Que, en consecuencia, consta del proceso y de la misma R
- En este marco legal, corresponde resolver el recurso planteado, en la forma prevista en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
