Auto Supremo AS/0785/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0785/2007

Fecha: 17-Oct-2007

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,


A su vez el Municipio demandado, en base a los fundamentos del memorial de fs. 211-213, solicita se declare improcedente el recurso.

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene:

1) En principio, se colige que el fundamento principal del recurso, se funda en el hecho de que, el tribunal de apelación, habría vulnerado la Ley No. 843 de 20 de mayo de 1986 y el art. 74 de la Ley de Bancos No. 1488 de 14 de abril de 1993, al no haber considerado que la entidad actora no tiene fines de lucro y, por tanto, que está exenta del pago de impuesto de sus inmuebles, que no puede aplicarse retroactivamente tanto la Ley No. 1606 de 22 de diciembre de 1994 que entró en vigencia recién el 1º de enero de 1995 ni la Ley de Participación Popular No. 1551 de 20 de abril de 1994, por determinación del art. 33 de la C.P.E