Auto Supremo AS/0788/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2007

Fecha: 19-Oct-2007

a) La violación de los arts


Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 159-162, formulado por Ramón Segundo Servia Oviedo, en su condición de Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz, dependiente del Servicio de Impuestos Nacionales, fundamentando lo siguiente:

a) La violación de los arts. 25, 133 y siguientes y 304 y siguientes del Cód. Trib., 1, 12 y 16 del D.S. Nº 25183, porque el auto de vista, determinó que no se acreditó el cumplimiento del procedimiento administrativo posterior a la vista de cargo y determinación, conforme establecen los arts. 133 y siguientes del cód. Trib., ignorando que el caso presente se trata de intimaciones por pago en defecto, sobre la base de auto declaraciones que hizo el contribuyente, las que por su naturaleza son firmes líquidas y exigibles que deben ser cobradas en la vía coactiva sin proceso previo, trámite coactivo que no puede ser suspendido por recurso ordinario ni extraordinario como se pretende en el presente caso