Auto Supremo AS/0788/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2007

Fecha: 19-Oct-2007

III


III.- En el caso presente, conforme se tiene señalado, el tribunal de alzada, omitiendo la aplicación tanto de las normas citadas, como de la jurisprudencia constitucional aludida, confirmó indebidamente la sentencia apelada, en la que se dispuso que con carácter previo al cobro de los tributos omitidos, se realice el trámite sumario de determinación establecido por los arts. 133 y 168 del Cód. Trib., sin considerar que las declaraciones juradas o auto declaraciones, tienen el carácter de firmes, líquidas y exigibles y por consiguiente, con suficiente fuerza coactiva para procederse a su ejecución conforme establecen los arts. 304 y siguientes del Cód. Trib., circunstancia que debe enmendarse