Auto Supremo AS/0344/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2007

Fecha: 06-Nov-2007

Que el Ministerio Público en su requerimiento cursante a fojas 256-257 solicitó de oficio disponer


Que el Ministerio Público en su requerimiento cursante a fojas 256-257 solicitó de oficio disponer no haber lugar a la extinción de la acción penal, argumentando que de los datos del proceso se evidencia la conducta dilatoria de los procesados Reinalda Marilín Macoño Ramos y Rosendo Molina Cata ya que su inasistencia y la de sus abogados defensores han provocado la suspensión de audiencias (fojas 106, 144, 153, 154, 174), además de evidenciarse la interposición de recursos ordinarios notoriamente dilatorios e infundados como la apelación del Auto de apertura de proceso (fojas 60-61), la apelación de la sentencia (fojas 204-210) y el recurso de casación (fojas 241-245 y 247-248 vuelta), los mismos que han determinado que la presente causa no concluya en el plazo máximo establecido por la disposición transitoria tercera del Código de Procedimiento Penal, por lo que el Ministerio Público consideró que no corresponde dar curso a la extinción de la acción penal en favor de los procesados Reinalda Marilín Macoño Ramos y Rosendo Molina Cata