AUTO SUPREMO: Nº 573 Sucre, 9 de noviembre de 2007
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: Nº 573 Sucre, 9 de noviembre de 2007
AUTO SUPREMO: Nº 573 Sucre, 9 de noviembre de 2007
- AUTO SUPREMO: Nº 573 Sucre, 9 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Santa Cruz
- CONSIDERANDO: Que los recurrentes Raúl Arias Claudio y Nicolás Pedraza Ardaya, denuncian en su acción
- CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, se deben cumplir las condiciones formales
- Que, en el recurso de casación, es necesario puntualizar los aspectos cuestionados en la resolución
- Por otro lado, es menester señalar que dentro del ordenamiento jurídico nacional no está contemplada
- A mayor abundamiento, a manera de noción genérica, puede señalarse que en el derecho procesal,
- CONSIDERANDO: En este contexto, de la revisión de los antecedentes remitidos a este tribunal se
- II
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excma
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Sucre, 9 de noviembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
