Auto Supremo AS/0573/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0573/2007

Fecha: 09-Nov-2007

CONSIDERANDO: En este contexto, de la revisión de los antecedentes remitidos a este tribunal se


CONSIDERANDO: En este contexto, de la revisión de los antecedentes remitidos a este tribunal se llegan a las siguientes conclusiones:

I. Conforme se determinó en el anterior considerando, en coherencia con lo establecido por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación -a efectos de su admisión-, debe ser interpuesto dentro de los cinco días siguientes a la notificación del auto de vista a impugnarse. En la especie, el auto de vista de 24 de mayo de 2007, fue notificado a Raúl Arias Claudio el 12 de junio del citado año conforme sale de la diligencia de fs. 121; sin embargo, el recurso de casación que formuló contra el fallo del tribunal de apelación, fue presentado el 19 de junio de 2007, de acuerdo al cargo constante a fs. 124 vta. del dossier; es decir, 7 días después de su notificación y fuera del plazo previsto en la norma adjetiva anteriormente señalada, resultando ser extemporáneo y por tanto inadmisible