Por otro lado, es menester señalar que dentro del ordenamiento jurídico nacional no está contemplada
Por otro lado, es menester señalar que dentro del ordenamiento jurídico nacional no está contemplada la figura jurídica del "per saltum" locución latina que significa "por salto sin derecho" y se cita para indicar que se ha llegado a una posición o grado sin haber pasado por los puestos o grados inferiores conforme al orden establecido. El Derecho ha utilizado estas expresiones para referirse a un salto en las instancias procesales, por medio del cual una causa pasa del tribunal inferior a la Corte Suprema sin recorrer una o más instancias intermedias, como excepción al trámite procesal normal
- AUTO SUPREMO: Nº 573 Sucre, 9 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Santa Cruz
- CONSIDERANDO: Que los recurrentes Raúl Arias Claudio y Nicolás Pedraza Ardaya, denuncian en su acción
- CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, se deben cumplir las condiciones formales
- Que, en el recurso de casación, es necesario puntualizar los aspectos cuestionados en la resolución
- Por otro lado, es menester señalar que dentro del ordenamiento jurídico nacional no está contemplada
- A mayor abundamiento, a manera de noción genérica, puede señalarse que en el derecho procesal,
- CONSIDERANDO: En este contexto, de la revisión de los antecedentes remitidos a este tribunal se
- II
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excma
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Sucre, 9 de noviembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
