Auto Supremo AS/0573/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0573/2007

Fecha: 09-Nov-2007

Por otro lado, es menester señalar que dentro del ordenamiento jurídico nacional no está contemplada


Por otro lado, es menester señalar que dentro del ordenamiento jurídico nacional no está contemplada la figura jurídica del "per saltum" locución latina que significa "por salto sin derecho" y se cita para indicar que se ha llegado a una posición o grado sin haber pasado por los puestos o grados inferiores conforme al orden establecido. El Derecho ha utilizado estas expresiones para referirse a un salto en las instancias procesales, por medio del cual una causa pasa del tribunal inferior a la Corte Suprema sin recorrer una o más instancias intermedias, como excepción al trámite procesal normal