Consiguientemente, evidenciándose que en todos los recursos anteriormente compendiados se denunció la existencia de defectos
Consiguientemente, evidenciándose que en todos los recursos anteriormente compendiados se denunció la existencia de defectos absolutos en la tramitación de la causa así como en la sentencia pronunciada por el tribunal juzgador y en la resolución de vista recurrida de casación, que implican la carencia de fundamentación de dichas resoluciones, así como la errónea subsunción del hecho delictivo en el tipo penal por el que los imputados han sido condenados y la defectuosa valoración de la prueba, en mérito a lo determinado en los fallos supremos anteriormente citados, corresponde que este Tribunal admita los recursos planteados, con la finalidad de verificar la veracidad o no de dichas denuncias
- AUTO SUPREMO: Nº 587 Sucre, 12 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Cochabamba
- Sucre, 12 de noviembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que, corresponde verificar si los recursos de casación antes señalados, cumplen o no con
- Con estos argumentos, y aduciendo la existencia de defectos absolutos por la errónea valoración de
- II
- Por estas razones solicita se deje sin efecto la resolución recurrida disponiendo se dicte una
- III
- Con estos antecedentes solicita se admita su recurso y se disponga el pronunciamiento de un
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal Supremo en reiterados fallos ha establecido que: "(
- Consiguientemente, evidenciándose que en todos los recursos anteriormente compendiados se denunció la existencia de defectos
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento del
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
