Libro Tomas de Razón 2/2007.
Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano-Secretaria
de Cámara de la Sala Penal Primera.
Libro Tomas de Razón 2/2007.
- AUTO SUPREMO: Nº 588 Sucre, 12 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Cochabamba
- Sucre, 12 de noviembre de 2007
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 75 a 76 vta
- CONSIDERANDO: Que para declarar la admisibilidad del recurso de casación, éste debe cumplir los requisitos
- Asimismo, es preciso señalar que si bien este tribunal ha consentido como una causal para
- En la especie, se concluye por evidente, que la recurrente Sandra Montero Ovando no cumplió
- Por otro lado, es menester determinar, que la recurrente tampoco citó ni invocó precedente contradictorio
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excma
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
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