Solicitando en definitiva se declare fundado el recurso incoado, dejando sin efecto el Auto de
Con respecto a los puntos cuestionados, invoca como precedente el Auto Supremo Nº 726 de 26 de septiembre de 2004 que indica: "(...) ninguna sentencia o auto de vista quedará firme, si en su pronunciamiento no se observaron las reglas, principios procesales y derechos de los sujetos activos y pasivos al debido proceso".
De otro lado, pide la revisión de oficio acorde al artículo 15 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de los Autos Supremos Nº 45 de 23 de enero de 2004 y 442 de 19 de agosto de 2004.
Solicitando en definitiva se declare fundado el recurso incoado, dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido, estableciendo doctrina legal aplicable y ordenando que el Tribunal de Apelación dicte nueva resolución
- AUTO SUPREMO: Nº 620 Sucre, 24 de noviembre de 2007
- DISTRITO: Chuquisaca
- Sucre, 24 de noviembre de 2007
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 266 a 268 vta interpuesto por Ivert Tinuco
- CONSIDERANDO: El recurso interpuesto por Ivert Tinuco Zelaya, indica
- Solicitando en definitiva se declare fundado el recurso incoado, dejando sin efecto el Auto de
- CONSIDERANDO: Que, los jueces y tribunales se encuentran en el deber de observar los plazos
- CONSIDERANDO: Que del análisis del recurso se evidencia que el primer proyecto de resolución fue
- Regístrese, hágase saber Y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
