CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo denunciado es
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo denunciado es evidente o no, se tiene lo siguiente:
La administración tributaria sólo ha recurrido en casación en parte y en el fondo para que se modifique la conducta del sujeto pasivo en defraudación, sin embargo, no es evidente lo manifestado por el recurrente, cuando señala que el sujeto pasivo ha ocultado, simulado, producido información inexacta, etc., a la administración tributaria y con ello demuestra una conducta ilícita a tiempo de cancelar los tributos; por el contrario, se ha observado que el sujeto pasivo ha presentado todo tipo de información, incluso presentó el libro en original de compras IVA, pero que, por razones que se desconocen, la misma jueza a quo ha señalado a Fs. 106, parte final que "en fecha 4 de abril de 1996, el sujeto pasivo adjuntó el Libro "I.V.A. Compras de la sucursal en conflicto (por extravío de facturas) de la "Librería El Ateneo" S.R.L. a Fs. 54. punto 3, revisada la documentación no se encuentra el referido libro, que imposibilita el cruce de información, siendo la misma de carácter legal se da por válida esta documentación", como se puede objetivizar este hecho demuestra la buena fe y la intención del sujeto pasivo en demostrar su descargo, de ninguna manera se lo puede considerar como un acto malicioso, contrariamente a ello está su predisposición de pago y entrega la documentación a la jueza de grado, quien admite el extravío en el juzgado pero no responsabiliza a ningún funcionario, así como también se observa la pasividad de ésta al no llamar la atención a los funcionarios del juzgado
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo, cursante a Fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo denunciado es
- La administración tributaria también exagera, al indicar que el sujeto pasivo ha adecuado su conducta
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa, por ser excusable
- Para resolución, según convocatoria de Fs. 152, interviene el Ministro Jaime Ampuero García
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
