Auto Supremo AS/0810/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0810/2007

Fecha: 15-Nov-2007

La administración tributaria también exagera, al indicar que el sujeto pasivo ha adecuado su conducta


La administración tributaria también exagera, al indicar que el sujeto pasivo ha adecuado su conducta al ilícito tributario de defraudación, porque si se examina el expediente a Fs. 53, se tiene la respuesta a la consulta realizada a la misma administración tributaria de parte del representante legal de Librería "El Ateneo", en sentido de que se encuentra exento del pago del impuesto a las transacciones (IT), documento presentado en original y es el propio ente fiscalizador quien le indica que está exento del pago al impuesto a las transacciones (IT), por lo que no se le puede inculpar de acto pernicioso o dolo el no pago de este tributo, hecho que también demuestra su buena fe y el error de hecho en el cual ha incurrido por considerar como válida la respuesta a la consulta realizada al fisco