Auto Supremo AS/0823/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0823/2007

Fecha: 29-Nov-2007

CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente


CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene:

1) Que inicialmente la Comisión de Calificación de Rentas dictó el Auto Nº 002502 de 9 de febrero de 2005 (fs. 44-45) desestimando la solicitud de renta única de vejez, otorgando simplemente el pago global único con reducción de edad a favor de José Gironda Flores; luego la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, en virtud del recurso de reclamación de fs. 51, emitió la Resolución Nº 609.05 de 30 de noviembre de 2005 (fs. 59-61) confirmando la anterior resolución, con el argumento que no cuentan con planillas del Club Independiente Petrolero del período 01/80 a 12/83