Auto Supremo AS/0833/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0833/2007

Fecha: 30-Nov-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el Art. 60 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, los Arts. 271, inciso 4) y 274 párrafo I del Código de Procedimiento Civil, en desacuerdo con el dictamen Fiscal de Fs. 315-316, CASA en parte el Auto de Vista Nº 025/2006 así como el auto denegatorio de Fs. 293 y, deliberando en el fondo, declara improbada la excepción dilatoria de falta de competencia del tribunal y dispone la prosecución del proceso contencioso tributario hasta su conclusión, sin multa por ser excusable