Auto Supremo AS/0608/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2007

Fecha: 12-Dic-2007

En efecto, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo


En efecto, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas en las causales señaladas en el art. 253 de la citada norma; mientras que el recurso de casación en la forma se funda en errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas, incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso y están especificadas en el art. 254 de la misma norma legal