Que, contra el referido auto de vista, la apoderada de la empresa demandada interpone el
Que, contra el referido auto de vista, la apoderada de la empresa demandada interpone el recurso de casación o nulidad de fs. 59, en el que sin precisar ni individualizar ninguna disposición legal como infringida, tampoco acusar error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba y, como si se tratara de un simple memorial, solicita se case el recurso y declare improbada la demanda; es decir que, el recurso, carece de una fundamentación racional y adecuada que responda a sus intereses y que permitan a este Máximo Tribunal ingresar a conocer el fondo de la causa
- AUTO SUPREMO Nº 608 - Social Sucre, 12 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por los apoderados de la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa
- Que, contra el referido auto de vista, la apoderada de la empresa demandada interpone el
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la apoderada recurrente no ha cumplido
- En efecto, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
