Que, por otro lado, señala que no existe prueba que respalde al Auto de Vista
Que, por otro lado, señala que no existe prueba que respalde al Auto de Vista recurrido de casación, en cuanto se refiere a que el Tribunal de Sentencia haya suspendido la deliberación desde horas 19:45 del 27 de febrero de 2007 hasta horas 11:30 del 16 de marzo de 2007, contaminándose los integrantes del Tribunal de Sentencia con aspectos externos del juicio, violando el debido proceso y la seguridad jurídica, no puede afirmar que la deliberación se haya realizado en horas fuera de oficina o que los jueces se hayan contaminado con aspectos externos, sin haber considerado la complejidad del asunto que se estaba juzgando y que la víctima resulta siendo el Estado representado por la Aduana Nacional
- AUTO SUPREMO: Nº 636 Sucre, 3 de diciembre de 2007
- Sucre, 3 de diciembre de 2007
- VISTOS: Los recursos de casación de fojas 604 a 607 vta y 645 a 648,
- CONSIDERANDO: Los recurrentes Ángel Raúl Sandi Méndez y William Cavero Sánchez, en representación de la
- Que, por otro lado, señala que no existe prueba que respalde al Auto de Vista
- Sostiene además, que el Auto de Vista resulta siendo una transcripción parcial del Auto Supremo
- Sobre los puntos impugnados invoca los Autos Supremos Nº 110 de 31 de marzo de
- CONSIDERANDO: Que, Miguel Ángel Valdivieso Barrientos y Juan Lino Cárdenas Ortega, Fiscales de Materia, interponen
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
