Sobre los puntos impugnados invoca los Autos Supremos Nº 110 de 31 de marzo de
Sobre los puntos impugnados invoca los Autos Supremos Nº 110 de 31 de marzo de 2005, 119-I de 30 de marzo de 2006, 110-I de 30 de marzo de 2006 y 342 de 5 de abril de 2007 que se encuentran en la línea jurisprudencial, donde se establece que el incumplimiento de los plazo procesales no acarrea la pérdida de competencia por parte del Tribunal que incumple el plazo, para evitar mayores perjuicios a las partes procesales
- AUTO SUPREMO: Nº 636 Sucre, 3 de diciembre de 2007
- Sucre, 3 de diciembre de 2007
- VISTOS: Los recursos de casación de fojas 604 a 607 vta y 645 a 648,
- CONSIDERANDO: Los recurrentes Ángel Raúl Sandi Méndez y William Cavero Sánchez, en representación de la
- Que, por otro lado, señala que no existe prueba que respalde al Auto de Vista
- Sostiene además, que el Auto de Vista resulta siendo una transcripción parcial del Auto Supremo
- Sobre los puntos impugnados invoca los Autos Supremos Nº 110 de 31 de marzo de
- CONSIDERANDO: Que, Miguel Ángel Valdivieso Barrientos y Juan Lino Cárdenas Ortega, Fiscales de Materia, interponen
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
