Indica que, al no haberse demostrado los elementos constitutivos del tipo penal, el Tribunal de
Indica que, al no haberse demostrado los elementos constitutivos del tipo penal, el Tribunal de Alzada no debió considerar aspectos que no fueron probados, lo que demuestra que el Auto de Vista recurrido no tiene la fundamentación apropiada para anular parcialmente la sentencia apelada y mucho menos para condenar por un otro delito, que en el juicio no fue demostrado, además, de la imposibilidad del Tribunal de Apelación de valorar la prueba, por lo que solicita se declare fundado el recurso interpuesto
- AUTO SUPREMO: Nº 662 Sucre, 15 de diciembre de 2007
- DISTRITO: Potosí
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 1 de la ciudad de Uncía mediante Sentencia
- CONSIDERANDO: Que, el imputado Yber Cocha Juefi en su recurso de casación de fs
- Indica que, al no haberse demostrado los elementos constitutivos del tipo penal, el Tribunal de
- CONSIDERANDO: Que a efectos de la admisión del recurso de casación, los sujetos procesales deben
- CONSIDERANDO: Que, en el contexto establecido precedentemente, luego de la revisión del contenido del recurso
- Así la mención de los Autos Supremos Nº 97 de 18 de febrero de 2004
- Que, sin embargo de lo expuesto, el Máximo Tribunal no puede soslayar el hecho de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 15 de diciembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
