Cabe además referirnos que la entidad recurrente SENASIR, incurrió en retardación injustificada con sus exigencias
Cabe además referirnos que la entidad recurrente SENASIR, incurrió en retardación injustificada con sus exigencias burocráticas y dilatorias, ocasionando grave perjuicio y atentado a los derechos y garantías constitucionales de los trabajadores, a quienes asiste por los servicios prestados y los años de aportación, una justa, digna y pronta jubilación; precisamente, porque en el caso de estudio, durante todo el tiempo transcurrido del trámite, la entidad recurrente no cumplió su deber de calificar y compensar las cotizaciones del actor al sistema de reparto, conforme fue reclamado incesantemente
- PARTES: José Ranulfo Balderrama Mendoza c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, a instancia del actor por memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- A su vez, el actor en base a los fundamentos expuestos en su memorial de
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
- 2) No obstante lo expuesto, se ingresa a resolver el recurso, por cuanto de obrados
- Cabe además referirnos que la entidad recurrente SENASIR, incurrió en retardación injustificada con sus exigencias
- 3) Finalmente, de obrados se colige que lo denunciado en el recurso, aparte de no
- Que, en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 03 de Diciembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
