Que, en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
Que, en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal alguna, al contrario el tribunal de alzada al emitir el auto de vista de fs. 118, realizó una adecuada interpretación y aplicación de normas legales en vigencia, sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso
- PARTES: José Ranulfo Balderrama Mendoza c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, a instancia del actor por memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- A su vez, el actor en base a los fundamentos expuestos en su memorial de
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
- 2) No obstante lo expuesto, se ingresa a resolver el recurso, por cuanto de obrados
- Cabe además referirnos que la entidad recurrente SENASIR, incurrió en retardación injustificada con sus exigencias
- 3) Finalmente, de obrados se colige que lo denunciado en el recurso, aparte de no
- Que, en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 03 de Diciembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
