No ocurre lo mismo con su acusación respecto a que el auto de vista sea
No ocurre lo mismo con su acusación respecto a que el auto de vista sea infra petita, por cuanto es evidente que en el punto tres de los agravios expresados por la recurrente de apelación, contenido en el memorial de fs. 121 a 126, se refiere expresamente al art. 492 del Código de Comercio, sin embargo, la resolución de vista impugnada nada dice de la referida norma legal
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Cumplimiento de obligación
- CONSIDERANDO: El auto de vista de 19 de abril de 2004, confirma la sentencia apelada
- Resolución de vista que es impugnada en casación en la forma y en el fondo,
- Acusa también que el auto de vista de fs
- El recurso en el fondo acusa violación de los arts
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, en función a esta facultad fiscalizadora corresponde analizar si los vicios acusados en el
- De otra parte, el decreto de autos de fs
- No ocurre lo mismo con su acusación respecto a que el auto de vista sea
- En efecto, respecto a la norma precitada, el Tribunal de Apelación no dedica atención ni
- Consiguientemente la resolución de vista no honra el principio de congruencia y exhaustividad que prevé
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 2 de febrero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
