En consonancia con la referida disposición legal, correspondía al demandante simplemente interponer su apelación en
En consonancia con la referida disposición legal, correspondía al demandante simplemente interponer su apelación en el efecto diferido, sin fundamentar la misma, fundamentación que debía realizarla en su memorial de apelación de la sentencia, siempre y cuando haga uso de este recurso ordinario
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Nulidad de escrituras
- CONSIDERANDO: Que, el auto de vista de fs
- El recurso en el fondo acusa que el auto de vista no ha realizado una
- El recurso en la forma, acusa que el auto de vista no ha resuelto el
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, de la revisión de los obrados, en función al vicio de nulidad anotado, se
- Que, conforme manda el art
- En consonancia con la referida disposición legal, correspondía al demandante simplemente interponer su apelación en
- A su vez, el Juez debía tenerlo como interpuesto el recurso y recién correr en
- En autos el desconocimiento de la norma es notorio tanto por parte del demandante cuanto
- Que, el actuar tanto del a quo, como del tribunal ad quem que no hizo
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 6 de febrero de 2007
- Patricia Parada Loras. Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
