Que, de la revisión de los obrados, en función al vicio de nulidad anotado, se
Que, de la revisión de los obrados, en función al vicio de nulidad anotado, se evidencia que el demandante René Gerald Roca Stahl, formuló a fs. 469 apelación en efecto diferido contra el auto de fecha 21 de julio de 2001, saliente a fs. 460, por la ratificación de la prueba testifical de contrario. Recurso que corrido en traslado fue contestado por la demandada Edith Carlota Roca Stahl, a fs. 481 y concedido por el Juez a quo, por proveído de fs. 482, en fecha 28 de septiembre de 2001
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Nulidad de escrituras
- CONSIDERANDO: Que, el auto de vista de fs
- El recurso en el fondo acusa que el auto de vista no ha realizado una
- El recurso en la forma, acusa que el auto de vista no ha resuelto el
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, de la revisión de los obrados, en función al vicio de nulidad anotado, se
- Que, conforme manda el art
- En consonancia con la referida disposición legal, correspondía al demandante simplemente interponer su apelación en
- A su vez, el Juez debía tenerlo como interpuesto el recurso y recién correr en
- En autos el desconocimiento de la norma es notorio tanto por parte del demandante cuanto
- Que, el actuar tanto del a quo, como del tribunal ad quem que no hizo
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 6 de febrero de 2007
- Patricia Parada Loras. Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
