CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del tribunal Supremo
CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del tribunal Supremo para censurar sentencias de segundo grado en cuyo pronunciamiento se haya violado, interpretado erróneamente o aplicado indebidamente disposiciones legales al decidir una causa. De igual modo, cuando en la apreciación de la prueba se hubiera incurrido en error de derecho o de hecho, este último puesto de manifiesto al juzgador con actos auténticos o documentos que lo demuestren objetivamente, así se infiere de los ordinales 1 y 3) del art. 253 del adjetivo civil, los que se constituyen en una carga procesal para todo recurrente que acuse este actuar por parte del Tribunal Ad quem
- DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - declaratoria judicial de paternidad
- CONSIDERANDO: La demanda de declaratoria judicial de paternidad interpuesta por Ruth Alcocer Alavi contra Elmer
- Resolución de primera instancia que es recurrida en apelación por el demandado y confirmada totalmente
- Contra la resolución de segunda instancia, el demandado recurre de casación en el fondo y
- Acusa también un contrasentido en el auto de vista que sostiene que la mayor prueba
- Finalmente señala que del acta de confesión provocada que cursa a fs
- El recurso en la forma acusa que no existe el examen genético de ADN y
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función al recurso en la forma,
- En cuanto a la extrañada falta del sobre del interrogatorio, si bien en obrados no
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del tribunal Supremo
- Que, conforme las previsiones contenidas en los arts
- CONSIDERANDO: De la revisión de obrados, en función al recurso interpuesto, se llega al convencimiento
- En efecto, es evidente que en obrados el demandado Elmer Espinoza, sistemáticamente a rehuído a
- Finalmente en cuanto a la confesión provocada, se reitera el punto expresado respecto a la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 22 de febrero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
