Finalmente señala que del acta de confesión provocada que cursa a fs
Finalmente señala que del acta de confesión provocada que cursa a fs. 34 del proceso, se evidencia que se suspendió por inasistencia de ambas partes, que no existe sobre cerrado alguno en el expediente del que pueda deducirse que en su interior existe algún interrogatorio; sin embargo, en el Auto de Vista se sostiene que el demandado ha evadido la confesión provocada sin responder las cuestiones esenciales del tenor del cuestionario, violando el primer acápite del art. 207 del Código de Familia
- DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - declaratoria judicial de paternidad
- CONSIDERANDO: La demanda de declaratoria judicial de paternidad interpuesta por Ruth Alcocer Alavi contra Elmer
- Resolución de primera instancia que es recurrida en apelación por el demandado y confirmada totalmente
- Contra la resolución de segunda instancia, el demandado recurre de casación en el fondo y
- Acusa también un contrasentido en el auto de vista que sostiene que la mayor prueba
- Finalmente señala que del acta de confesión provocada que cursa a fs
- El recurso en la forma acusa que no existe el examen genético de ADN y
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función al recurso en la forma,
- En cuanto a la extrañada falta del sobre del interrogatorio, si bien en obrados no
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del tribunal Supremo
- Que, conforme las previsiones contenidas en los arts
- CONSIDERANDO: De la revisión de obrados, en función al recurso interpuesto, se llega al convencimiento
- En efecto, es evidente que en obrados el demandado Elmer Espinoza, sistemáticamente a rehuído a
- Finalmente en cuanto a la confesión provocada, se reitera el punto expresado respecto a la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 22 de febrero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
