CONSIDERANDO: que analizado el recurso, se tiene que ha sido presentado dentro del plazo previsto
3.- Señala como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional Nº 1510/2002-R, y como referencia jurisprudencial las Sentencias Constitucionales Nº 405/2002-R y Nº 287/99-R
CONSIDERANDO: que analizado el recurso, se tiene que ha sido presentado dentro del plazo previsto por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal, empero no cumple con los demás requisitos legales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, toda vez que no denuncia, ni precisa violaciones ni vulneración a principios y derechos fundamentales en los que se hubiese incurrido
- PARTES: Laida Suarez Suarez c/ Freddy Tellez Revollo
- Estelionato
- CONSIDERANDO: que los requisitos para interponer el recurso de casación, se encuentran expresamente establecidos en
- CONSIDERANDO: que el recurrente al plantear el recurso de casación, ha sido interpuesto con los
- 2
- CONSIDERANDO: que analizado el recurso, se tiene que ha sido presentado dentro del plazo previsto
- Asimismo, el precedente contradictorio, como requisito para acceder al recurso de casación a que se
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de febrero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
