Auto Supremo AS/0127/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2007

Fecha: 15-Feb-2007

CONSIDERANDO: que los requisitos para interponer el recurso de casación, se encuentran expresamente establecidos en


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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Freddy Tellez Revollo, de fojas 117 a 119, impugnando el Auto de Vista de 28 de octubre de 2006, cursante a fojas 113 y vuelta, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Laida Suarez Suarez, en contra del recurrente, por el hecho punible previsto y descrito en el artículo 337 del Código Penal, sus antecedentes y;

CONSIDERANDO: que los requisitos para interponer el recurso de casación, se encuentran expresamente establecidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, imponiendo la obligación al recurrente plantear el recurso dentro del plazo previsto por ley, la invocación de precedentes contradictorios al momento de la interposición del recurso de apelación restringida y el señalamiento en términos claros y precisos de la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, debiendo acompañar como prueba copia del recurso de apelación restringida en el que se invocó el precedente