- Tráfico de Ss.Cc
- CONSIDERANDO: Que para la admisión del recurso de casación, se debe observar la previsión de
- La casación, tiene por objeto unificar la aplicación de la ley, materializando el valor supremo
- CONSIDERANDO: Que a tiempo de impugnar el Auto de Vista de fojas 219 a 221,
- Añade que el recurso de casación puede ser admitido aún sin la invocación del precedente
- Señala que en el presente caso, existen vicios insubsanables los que habría denunciado oportunamente a
- Cita los Autos Supremos Nº 71/04 y Nº 527/04
- CONSIDERANDO: Que si bien el recurso deducido ha sido interpuesto dentro del término de ley,
- Por otra parte y con respecto a la alegación referida a la inobservancia del artículo
- Finalmente, como también se ha señalado en los Autos Supremos Nº 333 de 22 de
- En ese entendimiento, y al no haberse acreditado suficientemente en la crítica impugnaticia formulada, que
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, declara INADMISIBLE el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de febrero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
