Auto Supremo AS/0142/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2007

Fecha: 15-Feb-2007

CONSIDERANDO: Que si bien el recurso deducido ha sido interpuesto dentro del término de ley,


CONSIDERANDO: Que si bien el recurso deducido ha sido interpuesto dentro del término de ley, empero se advierte que conforme ha señalado este Tribunal, para atender las denuncias referidas a la falta de motivación, el recurrente debe precisar con claridad cual es la fundamentación que extraña si la descriptiva, la intelectiva o bien la jurídica, no siendo suficiente denunciar de manera genérica falta de fundamentación, por ello una denuncia genérica no puede habilitar el conocimiento del recurso cuando no se ha determinado con precisión el objeto cuyo análisis y revisión de suficiencia se pretende