Auto Supremo AS/0223/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2007

Fecha: 23-Feb-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el art. 60 inc. 1) de la L.O.J., CASA el auto de vista de fs. 92-93, declarando probada parcialmente la demanda de fs. 9-10, manteniendo la liquidación consignada en la sentencia de fs. 49-52 emitida por el Juez a quo, los conceptos de subsidio de lactancia en el monto antes indicado, saldo de aguinaldo por la gestión 2003 y duodécimas de vacación por la gestión 2003; pero sin lugar a la reincorporación demandada. Sin multa por ser excusable