Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante (fs
Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante (fs. 118-119), en el que fundamentó se hubiera incurrido en violación de los arts. 227 y 236 del Cód. Pdto. Civ., porque pese a que no se abrió la competencia del Tribunal de alzada, por la falta de fundamentación, se reconoció indebidamente que el apelante fundamentó varios agravios. Alegó igualmente que se incurrió en errónea apreciación de las pruebas de cargo, específicamente la confesión provocada en la que consta el reconocimiento respecto del sueldo promedio indemnizable. Fundamentó que el auto de vista, contiene disposiciones contradictorias pues olvidando el principio de inversión de la prueba,. Determinó que se abra nuevamente el término de prueba, violándose el principio de preclusión contenido en los arts. 3 inc. e) y 57 del Cód. Proc. Trab
- DISTRITO: Potosí PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la
- En apelación formulada por el representante de la entidad demandada, (fs
- Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante (fs
- Concluyó solicitando que este Tribunal case el auto de vista, manteniendo la sentencia, con costas
- CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a analizar el referido recurso, que por los fundamentos expuestos,
- Por otra parte, en cumplimiento de la norma remisiva establecida por el art
- II
- Sin multa por ser excusable
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
