CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su revisión en relación a los
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su revisión en relación a los antecedentes del proceso, se tiene lo siguiente:
I.- Para resolver el recurso de casación, debe recordarse con carácter previo que, conforme establecen los arts. 3º inc. h), 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., la carga probatoria pesa únicamente sobre el empleador, a quien le corresponde desvirtuar los fundamentos de la demanda, sin perjuicio de que la parte actora pueda producir la prueba que considere necesaria, estando, este último, únicamente obligado a proporcionar la prueba que se refiera a circunstancias en las que el empleador no tenga ingerencia
- PARTES: Néstor Navarro Nogales c/ Alberto Loayza Valda
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el demandante, mediante auto de vista Nº 151/2006 de
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad y casación en el fondo de fs
- Concluyó indicando que se debe conceder el recurso para que se dicte Auto supremo, casando
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su revisión en relación a los
- II
- Por último el memorial de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
