Auto Supremo AS/0120/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2007

Fecha: 12-Mar-2007

En efecto, la doctrina y jurisprudencia establecen que el recurso de casación en el fondo


En efecto, la doctrina y jurisprudencia establecen que el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los Tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas en las causales señaladas en el art. 253 de la citada norma; mientras que el recurso de casación en la forma, que se funda en los errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, especificadas en el art. 254 del mentado Procedimiento. En en el caso examinado, el recurrente no discrimina los dos institutos, que responden a dos realidades procesales de diferente naturaleza