Finalmente, de la revisión minuciosa del expediente y por las pruebas cursantes de fs
Finalmente, de la revisión minuciosa del expediente y por las pruebas cursantes de fs. 7-18 y 61-83, se constata que hubo un error de cálculo en la liquidación de fs. 22, puesto que el actor percibía un salario de $us. 4.500.- y no así de $us. 5.500.-; consiguientemente en aplicación del art. 202 inc. b) del Cód. Proc. Trab., el Juez A quo, en ejecución de sentencia, deberá proceder a practicar la reliquidación de los beneficios sociales demandados, tomando en cuenta que el salario indemnizable es de $us. 4.500.-
- AUTO SUPREMO Nº 188 - Social Sucre, 29 de marzo de 2007
- PARTES: Alvaro García Eulert c/ Empresa VELKO Ltda
- Apelada la sentencia, por el representante de la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa
- Esta resolución, motivó el recurso de casación de fs
- Por lo que concluye solicitando se pronuncie por la casación en el fondo, declarando probada
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis en base a los antecedentes
- Finalmente, de la revisión minuciosa del expediente y por las pruebas cursantes de fs
- Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolverlo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 29 de marzo de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
