Que, si bien los procesados tienen facultades de hacer uso de los medios y recursos,
Que, si bien los procesados tienen facultades de hacer uso de los medios y recursos, estas impugnaciones tienen que ser valederas y no con el ánimo de retardar el trámite de la causa, así se tiene en caso de Autos, con exceso de previsión, correspondiendo asumir las consecuencias de sus actos, conforme señala los parámetros de la resolución complementaria Auto Constitucional Nº 0079/04 de 29 de septiembre de 2004; en consecuencia no es viable la extinción de la acción penal
- CONSIDERANDO: Que es necesario destacar que la causa se encuentra radicada en esta instancia, por
- Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 y Auto Constitucional
- CONSIDERANDO: Que de los datos de la presente causa, se evidencia que no existen actuados
- Que, si bien los procesados tienen facultades de hacer uso de los medios y recursos,
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintitrés de marzo de dos mil siete
- Cámara-
