Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0239/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0239/2007

    Fecha: 07-Mar-2007

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • PARTES : Eustaquio Lamas García c/ Gumersindo Bazán Rodríguez y otra
    • Despojo y otra
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
    • Sucre, 7 de marzo de 2007
    • CONSIDERANDO: Que, Gumersindo Bazán Rodríguez y Arminda Ventura Gallardo, formulan recurso de revisión de sentencia
    • Que, como consecuencia del proceso agrario (interdicto), Eustaquio Lamas García se querello contra sus personas,
    • Que esta posesión del terreno, les fue trasmitida por Miguel Taguada Egüez el 2 de
    • En calidad de jurisprudencia, respecto a la admisión del recurso de revisión extraordinaria de sentencia,
    • Que formulada la querella el 23 de diciembre de 2003, es admitida por el Juez
    • De dicho fallo, interponen recurso de apelación ambos procesados, y el Juez Ad-quem, mediante Auto
    • Finalmente, Gumersindo Bazán Rodríguez y Arminda Ventura Gallardo plantean recurso de revisión de dicha sentencia
    • En fotocopias legalizadas: a) Proceso oral agrario de Interdicto de Retener la Posesión seguido por
    • En fotocopias simples: a) Proceso penal por despojo y perturbación de posesión que siguió Eustaquio
    • CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes del proceso se tiene que el juez a tiempo de
    • Que, las causales para la revisión de sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada
    • Que, analizado el proceso y los hechos se evidencia que no está plenamente acreditada que
    • Que la finalidad del recurso de revisión es rescindir sentencias condenatorias firmes e injustas por
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
    • RELATOR: Ministro Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
    • Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
    • Dr. Wilfredo Ovando Rojas
    • Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro de Tomas de Razón a 2/2007.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca