Que, las causales para la revisión de sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada
Que, las causales para la revisión de sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada en materia penal son taxativas, y por tanto, limitan al Tribunal de revisión a circunscribir su criterio al caso puntual. En el caso de autos los recurrentes Gumersindo Bazán Rodríguez y Arminda Ventura Gallardo, basan su demanda en el numeral 4) inciso a) y b) del artículo 421 del Código de Procedimiento Penal, señalando que la Sentencia Agraria Nº 001/2005 de 10 de marzo de 2005 con valor de cosa juzgada, por haber declarado el Tribunal Nacional Agrario mediante Auto Nacional Agrario S1 Nº 029/2005, la improcedencia del recurso de casación interpuesto por Eustaquio Lamas García contra la indicada sentencia, con la eficacia del Art. 175 de la Constitución Política del Estado
- PARTES : Eustaquio Lamas García c/ Gumersindo Bazán Rodríguez y otra
- Despojo y otra
- MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Sucre, 7 de marzo de 2007
- CONSIDERANDO: Que, Gumersindo Bazán Rodríguez y Arminda Ventura Gallardo, formulan recurso de revisión de sentencia
- Que, como consecuencia del proceso agrario (interdicto), Eustaquio Lamas García se querello contra sus personas,
- Que esta posesión del terreno, les fue trasmitida por Miguel Taguada Egüez el 2 de
- En calidad de jurisprudencia, respecto a la admisión del recurso de revisión extraordinaria de sentencia,
- Que formulada la querella el 23 de diciembre de 2003, es admitida por el Juez
- De dicho fallo, interponen recurso de apelación ambos procesados, y el Juez Ad-quem, mediante Auto
- Finalmente, Gumersindo Bazán Rodríguez y Arminda Ventura Gallardo plantean recurso de revisión de dicha sentencia
- En fotocopias legalizadas: a) Proceso oral agrario de Interdicto de Retener la Posesión seguido por
- En fotocopias simples: a) Proceso penal por despojo y perturbación de posesión que siguió Eustaquio
- CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes del proceso se tiene que el juez a tiempo de
- Que, las causales para la revisión de sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada
- Que, analizado el proceso y los hechos se evidencia que no está plenamente acreditada que
- Que la finalidad del recurso de revisión es rescindir sentencias condenatorias firmes e injustas por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
